VISA CÓNYUGE EN COLOMBIA (M)

VISA CÓNYUGE EN COLOMBIA (M)

Para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con ciudadano colombiano y aspiren a convivir efectivamente con su cónyuge colombiano (a) en el país. Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del artículo 90 de la presente Resolución.

  • Pasaporte vigente con al menos 2 páginas en blanco y 6 meses de vigencia
  • Foto digital 3X4 fondo blanco y sin accesorios
  • Copia auténtica del registro civil de matrimonio colombiano, expedida dentro los 3 meses previos a la solicitud de la visa
  • Carta de solicitud suscrita por el cónyuge colombiano, en la cual solicite la visa para el cónyuge extranjero y manifieste la convivencia efectiva. En la carta deberá informarse con claridad el teléfono de contacto del cónyuge colombiano, su dirección física y electrónica y deberá acompañarse de copia sencilla de la cédula de ciudadanía. La Autoridad de Visas e Inmigración podrá requerir pruebas adicionales que demuestren la existencia efectiva del vínculo o citar a entrevista presencial, virtual o telefónica, cuando lo estime necesario
  • Poder especial, con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano para que la pareja extranjera solicite este tipo de visa
  • Certificado de movimientos migratorios del extranjero expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y de su cónyuge colombiano.
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